Es advertencia sobre captura
|
LACIPI facilitó originalmente el resguardo web para la digitalización del impreso bajo http://lacipi.humanidades.unam.mx/ o falta declarar la dirección web que dirige hacia el resguardo de origen para el impreso digitalizado
|
Es año
|
1894 +
|
Es cantidad de páginas
|
34 +
|
Es clase de impreso
|
Librillo +
|
Es clase de papel
|
Papel revolución
|
Es colección de impresos
|
Chávez-Cedeño
|
Es color de hoja de impreso
|
Impreso con cubierta en hoja de color mas páginas interiores en hoja blanca
|
Es dimensión de impreso
|
1/16 Pliego
|
Es dirección de imprenta
|
Calle de Santa Teresa 1
|
Es document file format
|
tiff
|
Es estado de conservación
|
Estado regular
|
Es ficha bibliográfica de impreso
|
Índice:LDUltimamente B.tiff +
|
Es nota de los capturistas
|
Impreso fuera de serie
, Editor por atribuir y/o no sugerido en el impreso
, Despacho no declarado en el impreso
, Se trabaja sobre la publicación entera
|
Es pie de imprenta
|
MÉXICO. IMPRENTA DE ANTONIO VANEGAS ARROYO, Calle de Sta. Teresa núm. 1.
|
Es precio
|
20 Centavos
|
Es referencia a colección de impresos
|
Impreso fuera de colección
|
Es sujeto de atribución editorial
|
Antonio Vanegas Arroyo
|
Es tabla de contenidos
|
Secretaría de Hacienda. Sección segunda; A … Secretaría de Hacienda. Sección segunda; Artículo transitorio; Reglamento de la ley sobre responsabilidades que, por la nacionalización o por los impuestos, reporta la propiedad raíz a favor de la Hacienda pública federal expedida en esta fecha. Capítulo I. De los denunciantes; Capítulo II. De los censatarios; Capítulo III. De las redenciones; Capítulo IV. De las escrituras de subrogación, cancelación y revalidación; Capítulo V. De la expedición de las declaraciones; Capítulo VI. De la depuración y reconocimiento de los créditos; Artículo transitorio; Primer caso. Redención verificada en los términos prevenidos por la ley de 10 de diciembre de 1869; Segundo caso. Redención verificada en los términos prevenidos por el artículo 20 de la ley de 20 de junio de 1885; Tercer caso. Redención verificada en los términos prevenidos por la última parte del artículo primero de la ley de esta fecha y del 17 de este Reglamento; Modelo de solicitud; Decretos y circulares que se citan en esta ley; Orden para que las oficinas correspondientes remitan, a la mayor brevedad, una noticia de los requerimientos que hayan recibido sobre libertad de gravámenes de la propiedad raíz; Circular aclarando el artículo 49 del reglamento de los derechos fiscales de la propiedad raíz; Circular declarando que no se causa de nuevo el impuesto del timbre al elevarse a instrumento público el proyecto de división y adjudicación de bienes hereditarios, cuando ese proyecto tenga ya los timbres de ley; Circular señalando los timbres que causan los títulos de propiedad que expide por demasías de terrenos la Secretaría de Fomento; Decreto prorrogando hasta el 31 de diciembre de 1894 el plazo fijado en el artículo tercero de la ley de 8 de noviembre de 1892; Ley sobre registro de escrituras de venta;Ley sobre registro de escrituras de venta;
|
Es versión digital de impreso
|
Archivo:LDUltimamente B.tiff +
|
Es íncipit de impreso
|
Ley de la propiedad de raíz con las disposiciones aclaratorias expedidas últimamente
|
Categorías |
Índices con progreso desconocido +
, Impreso con texto en prosa +
, Manuales +
, Impreso con nombres por declarar +
|
Fecha de modificaciónEsta propiedad es una propiedad especial en este wiki.
|
3 octubre 2020 21:43:38 +
|